La ley General de Drogas promulgada en el año 1978, prohíbe el cultivo de coca y almácigos en nuevas áreas dentro del territorio nacional e incluye los recalces y renovaciones en cultivos existentes. En el mismo año, a través del D.L. 22370, se encarga a la Empresa Nacional de Coca (ENACO) el monopolio de la comercialización e industrialización de la hoja. Por lo tanto, la venta de hoja que se realice al margen de esta empresa, se constituye en ilícita.

En el año 1996 el estado peruano crea la Comisión de Lucha Contra el Consumo de Drogas (CONTRADROGAS). Este decreto fue modificado en el año 2002 por la ley Nº 27629 a través del cual, este organismo pasa a denominarse Comisión para el Desarrollo y Vida sin Drogas (DEVIDA), cuya función es diseñar, coordinar e implementar políticas y actividades orientadas al control de drogas en el contexto nacional.
Para mayor información visite:
www.devida.gob.pe/programa4.asp